lunes, 24 de enero de 2011

Reemplazo de congresistas: Entre la legitimidad y la estabilidad

En las últimas semanas se ha puesto en el debate la forma en la que se reemplazan los cargos vacantes de los diputados o senadores en el congreso. Desde el año 2005 el artículo 51º de la Constitución política de nuestro país señala que las vacantes de diputados y las de senadores se proveerán con el ciudadano que señale el partido político al que pertenecía el parlamentario que produjo la vacante al momento de ser elegido. Así las cosas, ya sea por muerte o por alguna inhabilidad sobreviniente para el ejercicio del cargo (como ser designado en un ministerio, cosa incompatible con el trabajo legislativo, en nuestro ordenamiento jurídico) el partido político designará al reemplazante.

La práctica la han usado casi todos los partidos con representación en el congreso. La usó el PS a la muerte de Juan Bustos, RN a la muerte de Pedro Álvarez y con la designación de Andrés Allamand, el PPD con la designación de Carolina Tohá en la vocería de gobierno, la UDI con el reciente llamado del presidente a Evelyn Matthei para ocupar el ministerio trabajo. Sin embargo no se ha instalado un patrón o alguna regla no escrita que regule este reemplazo, no es el compañero de lista ni tampoco alguien que tenga alguna experiencia legislativa, simplemente es aquella persona que el partido decida y que eventualmente pueda tener mayores posibilidades de mantener el cupo en la elección siguiente.

Incluso, se ha señalado que puede haber motivaciones políticas en el uso de este mecanismo para construirle un camino electoral más sencillo a aspirantes a la cámara. Sucedió con Felipe Harboe quien fue designado por el PPD cuando la presidenta Bachelet nombró a Carolina Tohá en la secretaría general de gobierno. Harboe en la elección siguiente se legitimó como diputado, sin embargo pudo usar la plataforma que le entrega un escaño en el congreso para proyectar su candidatura.

Los reemplazos que se produjeron en las últimas semanas también han generado ruido. La designación de Carlos Larraín, con un perfil altamente conservador y lejano a la circunscripción senatorial número 16 se contrapone a lo que representaba Andrés Allamand. El caso de Uriarte para reemplazar a Matthei genera otro debate pues también se debe designar al reemplazante del diputado UDI que pasa a la cámara alta.

Varias mociones se han presentado para cambiar esta forma de reemplazo o bien matizar el efecto que tiene. Maximiano Errázuriz y Amelia Herrera presentaron en abril de 2009 una propuesta de reforma constitucional que prohíbe el reemplazo de congresistas que sean designados ministros. Esta prohibición bien puede actuar como un desincentivo a nombrar diputados o senadores en ejercicio a cargo de ministerios, aspecto poco común en regímenes presidenciales, pero cotidiano en los sistemas parlamentarios, donde los ministros son necesariamente integrantes de la cámara política, de forma tal que se promueve una mejor coordinación entre ambos poderes. Pero, adicionalmente, y en caso que los gobiernos deban echar mano a experiencia política en el congreso –como ha sucedido en este último cambio de gabinete- el nombrar a un congresista como ministro dejaría sin representación a un grupo de electores.

Otra moción fue presentada tempranamente, en 2007, por un grupo de diputados: Francisco Chauhán, Marco Enriquez-Ominami, Álvaro Escobar, Marta Isasi, Tucapel Jiménez y Esteban Valenzuela. La propuesta, que entra a la cámara con boletín 5164-07, señala que el reemplazo se debe producir por elección complementaria en caso que la vacante se haya producido antes del último año de ejercicio del cargo, si se produjere en el último año el diputado o senador no sería reemplazado. Esto retorna a la lógica que imperó en Chile desde la constitución de 1925 hasta 1973, con episodios conocidos que desestabilizaron el sistema político, como el “naranjazo” en 1964, que motivó ciertas decisiones de los actores políticos de cara a las elecciones presidenciales de ese año.

En un contexto de mayorías estrechas como el actual, donde la diferencia entre las coaliciones políticas es de uno o dos congresistas en cada cámara, una elección complementaria puede modificar esas mayorías, obligando a cambiar la estrategia y agenda legislativa del gobierno, tal como ocurre en todos los países que contemplan elecciones legislativas a mitad del periodo presidencial. Hemos visto lo que ha ocurrido en los Estados Unidos en las últimas elecciones y también en la Argentina con las elecciones de 2009. En definitiva, es agregarle una cota de incertidumbre al periodo presidencial y la gobernabilidad durante los 4 años. Esto se puede atenuar con una elección que se realice con dos o tres candidatos del partido que tiene el cupo, no obstante, esto atentaría contra la idea de que las elecciones deben ser libres y pueden concurrir todos los ciudadanos.

En consecuencia, quedan dos alternativas posibles para modificar la actual forma de reemplazo que, a todas luces, merma la legitimidad de la cámara y del senado, toda vez que los diputados y senadores designados por sus partidos para llenar cupos vacantes no pasaron por una elección popular y, por tanto, no han sido validados por los depositarios de la soberanía electoral. La primera es usada en varios países latinoamericanos, México y Uruguay entre ellos, y consiste en que a la hora de inscribir la candidatura principal se inscribe también un suplente que debería reemplazar al diputado o senador electo en caso que éste debiera dejar su escaño por cualquier razón. La ciudadanía conocería el nombre del suplente desde antes por tanto si habría cierta legitimidad, no obstante, el obstáculo a esto es que se añadiría una cuota de complejidad adicional a la elección.

La segunda opción –que me parece la más adecuada- es volver a la modalidad previa a la ley 20050, es decir, que el reemplazante debe ser el compañero de lista. Esto si bien modifica la correlación de fuerzas entre los partidos no altera mayormente la fuerza de los pactos que hay en el congreso y por tanto mantiene la estabilidad, a grandes rasgos, del sistema. Además las ciudadanía conocería desde el momento de la elección al eventual reemplazante y el compañero de lista también habría sido votado por la población.

Hasta ahora varias alternativas duermen en el congreso, sin embargo, el presidente anunció en una entrevista televisiva hace algunos días que el propio ejecutivo enviaría un mensaje para modificar la norma.

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